La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata dictó un fallo que marca un precedente en materia de tratamientos de fertilización asistida: ordenó al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) cubrir el 100% del tratamiento de vitrificación de ovocitos, aunque aclaró que el costo del mantenimiento o guarda de esos óvulos deberá ser afrontado por la paciente.
El caso corresponde a una mujer de 33 años diagnosticada con baja reserva ovárica e hipotiroidismo, quien solicitó la cobertura del procedimiento ante un proyecto de maternidad futura.
El tribunal reconoció que la vitrificación está contemplada en la Ley 14.208 como parte del derecho a la preservación de la fertilidad, pero diferenció esta práctica de un tratamiento de fertilización destinado a un embarazo inmediato.
“El mantenimiento de la reserva de ovocitos, una vez concretada su extracción, debe quedar a cargo de la paciente”, sostuvo el fallo.
El juez Gustavo De Santis votó en disidencia, argumentando que el amparo debía rechazarse por tratarse de una “contingencia hipotética” y no una lesión actual.

