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Abuso sexual en Esquel: habilitan a testigos del relato de la víctima en juicio por jurados

En el marco de un proceso por abuso sexual que se encamina a un juicio por jurados, un tribunal de revisión resolvió que el jurado popular podrá escuchar de manera completa a quienes recibieron el primer relato de la víctima, conocidos como “testigos de develamiento”.

La decisión revierte una limitación dispuesta inicialmente por una jueza, que había restringido esas declaraciones para evitar que se convirtieran en testimonios “de oídas”, es decir, de personas que repiten lo que otro dijo sin haber presenciado el hecho investigado.

El tribunal, integrado por los jueces José Luis Ennis y Carlos Richeri, dio la razón a la Fiscalía y consideró que estos testigos no son meros intermediarios. En línea con el planteo de la fiscal María Bottini, los magistrados entendieron que su declaración no reemplaza la voz de la víctima —quien ya brindó testimonio en Cámara Gesell— sino que permite comparar y fortalecer su relato.

Según explicaron, cuando una persona escucha por primera vez el relato de una víctima de abuso sexual no está transmitiendo un simple “cuento” que le llegó, sino describiendo un hecho que percibió directamente: el momento exacto en que la víctima rompió el silencio y contó lo sucedido. Ese instante, conocido como “develación”, fue definido por los jueces como un indicio en sí mismo, ya que constituye el descubrimiento que hace la víctima al narrar lo ocurrido a alguien de su entorno.

En su resolución, el tribunal sostuvo que permitir estos testimonios no vulnera el derecho de defensa del acusado, sino que aporta elementos para evaluar la coherencia del relato a lo largo del tiempo. Es decir, posibilita analizar si lo que la víctima contó en un primer momento coincide con lo que sostiene actualmente la acusación.

La discusión tiene especial relevancia en un juicio por jurados, donde ciudadanos comunes deben decidir sobre la culpabilidad o inocencia de una persona. Para ello, necesitan comprender no solo el contenido del relato, sino también su contexto: a quién eligió la víctima para hablar, qué motivó que se animara a hacerlo y cuál era su estado emocional en ese momento.

Con esta resolución, el tribunal despeja el camino para que el jurado popular reciba una versión completa de los hechos y no una reconstrucción fragmentada. La decisión marca un criterio relevante en la valoración de la prueba en casos de abuso sexual y refuerza el rol del contexto humano y emocional en este tipo de investigaciones.

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