En Esquel

Confirman la condena a tres policías de Chubut por vejaciones agravadas

La Cámara Penal de Esquel confirmó las condenas a tres policías de la provincia de Chubut por delitos de vejaciones agravadas, y en uno de los casos también por falsedad documental. El tribunal intervino por segunda vez en el expediente tras resolver los recursos presentados por la defensa de los acusados.

Los jueces revisaron las penas impuestas y corrigieron un error detectado en la última sentencia, garantizando que se respete el principio de “reformatio in pejus”, que impide agravar la situación de un condenado si solo él presentó una apelación.

Imagen ilustrativaEn una  primera instancia, el juez había impuesto penas de prisión y cinco años de inhabilitación especial para ejercer funciones en fuerzas de seguridad.

La defensa apeló esa decisión, y la Cámara Penal confirmó parcialmente la sentencia. Ratificó la responsabilidad de Cristian Claudio Alí y Jorge Denis Cárdenas como autores de vejaciones agravadas por el uso de violencia, y de Adolfo Emanuel Carrasco como autor del mismo delito en concurso ideal con falsedad documental.

El caso fue devuelto a otro juez para una nueva audiencia de cesura (determinación de la pena). En esa instancia, la jueza Silvana Vélez aumentó la inhabilitación de Carrasco a cinco años y seis meses, seis meses más que en la condena original.

La Cámara corrigió la pena

Al revisar nuevamente el caso, los camaristas resolvieron que esa ampliación violaba la garantía del condenado y redujeron la inhabilitación a cuatro años y seis meses, asegurando que la apelación no terminara empeorando su situación.

Además, el tribunal explicó que, en los delitos de vejaciones agravadas, la pena de inhabilitación no es optativa ni adicional, sino una consecuencia legal automática que acompaña a la condena de prisión. Por eso, consideraron que la defensa no tenía razón al cuestionar su aplicación.

Las condenas finales

Las penas definitivas establecidas por la Cámara Penal fueron:

  • Cristian Claudio Alí: 2 años y 3 meses de prisión condicional.

  • Jorge Denis Cárdenas: 2 años y 3 meses de prisión condicional.

  • Adolfo Emanuel Carrasco: 2 años y 9 meses de prisión condicional y costas del proceso.

  • Inhabilitación especial de 4 años y 6 meses para los tres condenados, impidiéndoles ejercer funciones en fuerzas de seguridad de la provincia del Chubut.

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