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Confirmaron la condena por una millonaria estafa contra una mujer de 80 años de Esquel

La Cámara Penal de la jurisdicción confirmó en forma íntegra la sentencia por una millonaria estafa cometida contra una mujer de más de 80 años, cuyos ahorros familiares fueron sustraídos de su propio domicilio. El fallo ratificó las penas impuestas y desestimó cada uno de los planteos de la defensa, en un caso que vuelve a exponer cómo la vulnerabilidad de las personas mayores puede ser aprovechada por quienes buscan engañarlas.

El Ministerio Público Fiscal, junto a la querella particular, logró sostener la acusación y rebatir los cuestionamientos presentados por las defensas de Nicolás Maximiliano Esteban, Cristian Alejandro Esteban y Marta Traico. La resolución de Cámara dejó firme la condena dictada en primera instancia:

  • Nicolás Maximiliano Esteban y Cristian Alejandro Esteban deberán cumplir tres años y seis meses de prisión efectiva por el delito de estafa.

  • Marta Traico recibió dos años de prisión condicional por encubrimiento agravado.

Uno de los ejes principales del debate fue la existencia y el monto del dinero robado. La defensa sostenía que no estaba acreditada la suma sustraída; sin embargo, los jueces rechazaron el argumento y remarcaron que “a nadie en su sano juicio se le ocurriría exigir a un ciudadano mantener un registro contable de los ahorros que guarda en su propia casa”. La Cámara destacó que la Fiscalía no solo acreditó el monto, sino también la capacidad de ahorro de la víctima, reforzando la coherencia de su testimonio.

El tribunal subrayó además la especial vulnerabilidad de la víctima, un elemento decisivo para entender la maniobra: “en muchos delitos la víctima es indiferente, pero en otros es elegida”. En este caso, la efectividad del engaño dependía precisamente de las condiciones personales de la damnificada.

Además de las penas de prisión, la sentencia confirma la obligación de los tres imputados de restituir el dinero, sumado a intereses, y pagar una importante suma en concepto de daño moral.

En su revisión, la Cámara también rechazó los planteos sobre supuesta “prueba ilegal” y “errónea interpretación”. El fallo destacó que la Fiscalía construyó un andamiaje probatorio sólido, basado en una combinación de pruebas directas e indicios que encajaron como un “rompecabezas”, sin dejar margen para otra interpretación posible.

La confirmación del fallo representa un respaldo a las investigaciones que buscan proteger a las personas mayores, uno de los grupos más expuestos a estafas y delitos patrimoniales en la provincia.

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