Un Jurado Popular declaró culpable al médico Fabián Esteban Díaz por el delito de abuso sexual con acceso carnal cometido contra una paciente en su consultorio privado de Lago Puelo, en la Comarca Andina. Tras el veredicto, la Justicia lo condenó a diez años de prisión efectiva y le impuso la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina.
El fallo se conoció luego de la etapa de determinación de la pena, en la que intervinieron la Fiscalía y la defensa ante una Jueza Técnica. El hecho juzgado ocurrió el 13 de julio de 2018 y fue considerado un caso grave de violencia de género y abuso de poder profesional.
El juicio se desarrolló bajo el sistema de juicio por jurados, integrado por vecinos y vecinas de la Comarca Andina. Luego de analizar las pruebas y escuchar los testimonios incorporados durante el debate, el jurado emitió un veredicto de culpabilidad por unanimidad, avalando la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Durante la audiencia de cesura, la Fiscalía había solicitado una pena de doce años de prisión, mientras que la defensa pidió una condena reducida a seis años. Finalmente, la magistrada resolvió imponer una pena intermedia de diez años, al considerar la gravedad del delito y las circunstancias particulares en las que fue cometido.
Entre los principales agravantes, la Justicia remarcó que el abuso ocurrió en un contexto de marcada desigualdad de poder. El condenado se valió de su rol como médico y de la confianza propia de una consulta de salud para someter a la víctima, lo que configuró un claro abuso de autoridad profesional.
El fallo subrayó además que se trató de un caso de violencia sexual contra una mujer, lo que exigía una respuesta judicial reforzada. También se tuvo en cuenta el impacto psicológico sufrido por la víctima, acreditado mediante pericias profesionales que confirmaron daño emocional persistente, síntomas traumáticos y la demora en la denuncia, que recién se realizó en 2021 y fue asociada al miedo y la vergüenza.
Según la acusación fiscal, la víctima había concurrido al consultorio por una dolencia física. Durante una supuesta práctica médica, el profesional habría desviado el acto terapéutico y sometido sexualmente a la paciente, utilizando fuerza física para inmovilizarla y dejándola en una situación de total indefensión. La Fiscalía sostuvo que el médico aprovechó la intimidad del consultorio y su formación profesional para cometer el abuso, lo que agravó de manera significativa su conducta.
Además de la pena de prisión, la sentencia impuso la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina, al considerar que el delito fue cometido precisamente en el marco del ejercicio profesional. La medida busca impedir que el condenado vuelva a desempeñarse en un ámbito donde pueda reproducirse una situación similar.
El único atenuante considerado por la jueza fue la falta de antecedentes penales previos del condenado. En cambio, los argumentos presentados por la defensa vinculados a su estado de salud o situación familiar fueron descartados por no resultar relevantes frente a la gravedad del delito.

