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Inédita medida en El Bolsón: le suspenden Netflix, Spotify y la licencia de conducir a un padre que debe casi $4 millones de cuota alimentaria

El Juzgado Multifueros dispuso la restricción de múltiples servicios de streaming y la inhabilitación para manejar a un deudor reiterado. La jueza argumentó que busca ejercer una presión efectiva para garantizar el derecho básico de sus hijos.

En un fallo innovador dentro de la provincia de Río Negro, el Juzgado Multifueros de El Bolsón ordenó la suspensión de los servicios de entretenimiento digital contratados a nombre de un hombre que acumula una deuda de casi cuatro millones de pesos en concepto de cuota alimentaria. La restricción alcanza a plataformas como Netflix, Disney+, Max, Prime Video, Spotify y YouTube, e incluye la prohibición de renovar su licencia de conducir en la localidad donde reside.

La resolución se enmarca en las atribuciones del Artículo 553 del Código Civil y Comercial, el cual faculta a los magistrados a imponer medidas razonables pero persuasivas para asegurar el cumplimiento de las sentencias alimentarias. A pedido de la madre del menor y con el dictamen favorable del Defensor de Menores, la jueza interviniente resolvió intimar a las empresas de servicios digitales para que informen si el demandado posee cuentas activas a su nombre. De ser así, deberán darlas de baja e impedir el alta de nuevos usuarios mientras persista la mora.

Al justificar la decisión, la magistrada enfatizó que este tipo de medidas no tienen una finalidad punitiva o sancionatoria, sino disuasiva. El objetivo central es generar una presión cotidiana e indirecta que fuerce al deudor a regularizar su situación financiera con sus hijos, priorizando el interés superior del menor y el derecho humano fundamental a recibir alimentos. Asimismo, en el fallo se remarcó que la omisión sistemática de estas obligaciones configura una forma de violencia económica contra la progenitora, quien debe asumir en soltería los costos del cuidado y crianza.

Acciones complementarias y embargo de bienes

El bloqueo digital e inhabilitación para conducir se suman a un paquete de acciones judiciales que ya se encuentran en marcha dentro del expediente. Entre ellas, avanza el trámite para el embargo de un vehículo de su propiedad y se libraron oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para detectar inmuebles a su nombre que puedan ser ejecutados para cubrir el monto adeudado.

Por otra parte, la magistrada desestimó la aplicación de multas económicas adicionales, argumentando que sumar más obligaciones monetarias carece de eficacia cuando no se ha logrado saldar el monto principal. Asimismo, advirtió que la persistencia en el incumplimiento abre la puerta para iniciar acciones en el fuero penal. La sentencia, al ser de primera instancia, aún no se encuentra firme y puede ser apelada por la defensa del demandado.

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