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Justicia penal declaró a un caballo como «sujeto de derecho no humano» y «ser sintiente»

El juez Carlos Richeri dictó la medida en favor de «René», un equino rescatado en Gualjaina con signos de abandono extremo. El fallo se respaldó en la Ley de Maltrato Animal y en antecedentes clave como los de los primates Sandra y Cecilia.

El juez penal Carlos Richeri reconoció formalmente la condición de “ser sintiente” y declaró como «sujeto de derecho no humano» a un caballo llamado “René”. La medida, dictada este 7 de junio de 2026, marca un antes y un después en la jurisprudencia local al poner el bienestar animal por encima de la consideración legal de los animales como meros objetos.

El caso tomó relevancia luego de que se constatara el estado de extrema delgadez, debilidad y la falta absoluta de cuidados básicos, agua y forraje en el que se encontraba el ejemplar en la localidad de Gualjaina. Ante las pruebas recolectadas a través de inspecciones oculares y un lapidario informe veterinario que confirmó el cuadro de abandono, la defensa del propietario original intentó sin éxito solicitar la restitución del equino, minimizando el hecho al catalogarlo como un «descuido».

Los fundamentos: «No se puede ser cruel con una cosa»

A la hora de argumentar su decisión, el magistrado Richeri abordó la contradicción legal existente en el país. Subrayó que, si bien el Código Civil y Comercial de la Nación todavía clasifica a los animales dentro de la categoría de “cosas”, esta visión patrimonialista no es absoluta ni estricta frente a leyes especiales de carácter penal, como la Ley 14.346, que sanciona explícitamente la crueldad y el maltrato animal.

“No se puede ser cruel con una cosa”, sentenció de forma contundente el juez en su escrito.

Con esta premisa, el tribunal determinó que el animal es un titular susceptible de padecimiento y, por ende, debe ser considerado un sujeto con derechos básicos a la vida, la salud y el bienestar general.

Para edificar el fallo, el juez Richeri se respaldó en sólidos precedentes nacionales e internacionales sobre la conciencia animal. Entre ellos, citó los icónicos casos argentinos de la orangután «Sandra» y la chimpancé «Cecilia», donde los tribunales del país ya habían reconocido a los grandes primates bajo esta misma figura jurídica. Asimismo, trajo a colación un antecedente directo de la provincia de Chubut: la reciente condena por la destrucción de nidos de pingüinos en Punta Tombo, considerada por la justicia como un acto de crueldad que traduce un total desprecio por la vida de la fauna.

El futuro de René y el derecho de propiedad

A pesar del rotundo reconocimiento de los derechos del caballo, la resolución judicial dictada establece de manera cautelar y provisional que “René” deberá permanecer bajo guarda provisoria en el lugar donde actualmente se encuentra recibiendo asistencia y logrando recuperarse.

El magistrado explicó que se decidió diferir la decisión sobre la custodia definitiva, debido a que entregar el animal de manera permanente a terceros implica una afectación directa al derecho de propiedad del dueño original. Para resolver esto, se requerirá de una etapa de prueba mucho más profunda en el marco de la investigación penal por maltrato.

Por el momento, el equino continuará bajo estricto control judicial para garantizar que complete su rehabilitación, dejando en claro que ninguna entidad privada ni particular podrá disponer de su destino sin una orden expresa emanada desde el juzgado.

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