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Foto: MPF

La Cámara Penal de Esquel confirmó la condena a 10 años de prisión por abuso sexual contra una menor

La Cámara Penal de Esquel confirmó por unanimidad la condena a 10 años de prisión efectiva contra un hombre que abusó sexualmente de su sobrina menor de edad. El fallo ratificó la sentencia dictada por un jurado popular y rechazó el recurso presentado por la defensa.

El imputado —cuyo nombre se mantiene en reserva para proteger a la víctima— había sido declarado culpable por abuso sexual, y la defensa intentó anular el juicio argumentando que la joven se había “retractado” de su denuncia.

Sin embargo, los jueces consideraron que esa supuesta retractación no tiene validez, ya que fue obtenida de manera irregular: se trató de una grabación realizada en el estudio de un abogado, sin intervención de profesionales especializados ni control judicial. Además, señalaron que ese procedimiento implicó una revictimización, ya que la ley prohíbe que la víctima sea entrevistada a solas por la defensa del acusado.

El tribunal también explicó que, en casos de abuso intrafamiliar, es frecuente que las víctimas intenten cambiar su relato debido a presiones del entorno familiar, algo que fue advertido en este caso. Según la resolución, la adolescente sufría hostigamiento y responsabilización por la detención de su tío.

La Cámara descartó además los cuestionamientos contra el juez que dirigió el juicio, y sostuvo que actuó con imparcialidad y garantizó el respeto de los derechos de todas las partes.

Como parte de la sentencia, se confirmó también la inscripción del condenado en el Registro de Identificación Genética (REDIS), una medida obligatoria en delitos contra la integridad sexual.

El fallo refuerza la validez del juicio por jurados y remarca que las retractaciones obtenidas bajo presión no pueden anular condenas basadas en pruebas legales y en el testimonio protegido de las víctimas.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Esquel

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