Desde las 8 de la mañana de este viernes rige en todo el territorio nacional la veda electoral, el período de silencio político que antecede a las elecciones legislativas 2025.
La medida, dispuesta por el Código Electoral Nacional, tiene como fin garantizar que los votantes puedan reflexionar sin presiones, en un clima de calma previo a la votación del domingo.
El cumplimiento está bajo supervisión de la Cámara Nacional Electoral (CNE) y las juntas provinciales, que controlan que no se realicen actividades partidarias ni se difundan encuestas o sondeos durante las próximas 48 horas.
En estos comicios se renovarán bancas en el Congreso de la Nación, lo que podría redefinir la correlación de fuerzas políticas de cara a la segunda mitad del actual gobierno, iniciado en 2023.
Boleta Única de Papel: una nueva forma de votar
Estas elecciones marcan un hecho histórico: por primera vez en todo el país se utilizará la Boleta Única de Papel (BUP).
El nuevo sistema reemplaza a las tradicionales boletas partidarias y propone una modalidad más transparente, económica y sustentable. Cada votante recibirá una sola hoja con todos los candidatos y deberá marcar su elección con una lapicera en el cuarto oscuro.
La CNE destacó que la Boleta Única busca garantizar igualdad de condiciones entre los partidos, reducir costos de impresión y evitar irregularidades como el robo o la manipulación de boletas. El formato ya se había probado con éxito en provincias como Santa Fe, Córdoba y Mendoza antes de su implementación nacional.
Qué está prohibido durante la veda electoral
Durante este período, tanto los partidos políticos como los medios de comunicación y la ciudadanía deben respetar una serie de restricciones:
No se pueden realizar actos proselitistas ni emitir mensajes de campaña.
Está prohibida la difusión de encuestas o proyecciones electorales.
No se permite el reparto de material partidario ni la exhibición de símbolos políticos cerca de los centros de votación.
Desde el sábado a las 20 horas se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas hasta tres horas después del cierre de los comicios.
Durante el horario de votación, no pueden realizarse eventos masivos, espectáculos públicos ni actividades deportivas.
El objetivo es preservar la neutralidad del espacio público y evitar cualquier tipo de influencia sobre los votantes.
Qué multas prevé el Código Electoral
Las sanciones por violar la veda están establecidas en el artículo 133 del Código Electoral Nacional.
Quienes organicen actos o difundan propaganda durante este período pueden ser multados con entre 10 y 60 haberes mínimos.
Los comercios que incumplan la prohibición de venta de alcohol enfrentan multas o arrestos de hasta seis meses, mientras que inducir el voto o la abstención puede derivar en penas de prisión de 15 días a 2 años.
En tanto, la violación del secreto del sufragio es un delito más grave y puede ser castigado con hasta tres años de cárcel.
Control, denuncias y veda informativa
Durante todo el fin de semana, la Justicia Electoral y las fuerzas de seguridad controlarán el cumplimiento de la veda.
Ante posibles infracciones, los ciudadanos pueden denunciar en la Fiscalía Electoral o ante los juzgados federales con competencia en cada distrito.
Además, continúa vigente la veda informativa, que impide a los medios difundir resultados de encuestas o boca de urna hasta tres horas después del cierre de los comicios.
En redes sociales, la CNE aconseja evitar publicaciones con contenido proselitista, aunque reconoce que el control digital representa uno de los mayores desafíos actuales.

