Un pedido inédito realizado por la Fiscalía abrió un profundo debate jurídico y ético en Chubut. En una audiencia judicial, representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron que un caballo rescatado de una situación de presunto maltrato y abandono sea reconocido formalmente como «sujeto de derecho no humano».
El planteo fue impulsado por la procuradora de fiscalía María Cecilia Bagnato y la fiscal María Bottini, quienes llevaron el caso ante un juez penal en el marco de una investigación iniciada tras el rescate del animal en la localidad de Gualjaina.
El caballo, identificado procesalmente con el nombre de René, se convirtió en el centro de una discusión que enfrenta la visión tradicional que considera a los animales como bienes de propiedad privada con nuevas corrientes jurídicas que los reconocen como seres sintientes merecedores de protección legal específica.
Un rescate que encendió la investigación
La causa comenzó a partir de una denuncia realizada por una empleada municipal. Según consta en la investigación, el equino permaneció durante al menos dos meses dentro de un predio deshabitado, expuesto a las condiciones climáticas y sin acceso suficiente a agua ni alimento.
De acuerdo con los testimonios recogidos y las actuaciones policiales, la situación había sido advertida previamente al responsable del animal, pero el cuadro no se modificó.
Ante la persistencia de las condiciones denunciadas, la Justicia autorizó un allanamiento de urgencia para rescatar al caballo.
Al momento de la intervención, la veterinaria que participó del procedimiento constató un severo estado de desnutrición. El informe señaló un bajo escore corporal y describió al animal como prácticamente «piel y hueso», con signos evidentes de debilidad.
Una recuperación que demandó una fuerte inversión
Tras el rescate, los organismos intervinientes determinaron que el caballo necesitaba atención inmediata para sobrevivir.
Según se expuso durante la audiencia, el costo de su recuperación superó el millón de pesos entre alimentación especial, suplementos y cuidados permanentes.
Frente a esa situación, el área de Fauna Urbana de Esquel resolvió otorgar provisoriamente la guarda del animal a una familia de acogida, donde continúa recibiendo asistencia.
El debate: propiedad privada o ser sintiente
El eje central de la discusión judicial gira en torno al estatus legal de René.
La defensa del propietario original rechazó el pedido de la Fiscalía y sostuvo que, de acuerdo con el Código Civil y Comercial de la Nación, los animales continúan siendo considerados bienes muebles semovientes.
Además, argumentó que el deterioro físico del caballo habría sido consecuencia de problemas económicos, la falta de agua derivada de la sequía y fallas en los cuidados brindados por terceros contratados para atender el campo.
Por ese motivo, solicitó que el animal sea restituido a su dueño bajo un esquema de seguimiento y control.
Los argumentos de la Fiscalía
Frente a esa postura, la Fiscalía presentó una serie de fundamentos jurídicos, constitucionales y científicos para sostener que los animales no pueden ser considerados únicamente como objetos de propiedad.
Las funcionarias remarcaron que la propia Ley de Maltrato Animal contempla a los animales como víctimas de delitos y señalaron que la capacidad de sufrir dolor, experimentar emociones y padecer situaciones de crueldad constituye un elemento central para reconocerles protección jurídica.
Durante la audiencia también se destacó que solo puede existir maltrato respecto de un ser capaz de sentir sufrimiento, por lo que el reconocimiento de esa condición implica un cambio de paradigma respecto de la visión tradicional del derecho.
Antecedentes y fundamentos citados en la audiencia
Para respaldar el pedido, la Fiscalía invocó normas constitucionales y antecedentes judiciales considerados relevantes en materia de derechos de los animales.
Entre ellos mencionó el artículo 41 de la Constitución Nacional y el artículo 109 de la Constitución del Chubut, que establecen obligaciones estatales vinculadas a la protección ambiental y la preservación de la biodiversidad.
También se hizo referencia a la Declaración de Cambridge de 2012, documento científico que reconoce la existencia de bases neurológicas asociadas a la conciencia y la sensibilidad en animales no humanos.
Asimismo, fueron citados antecedentes judiciales de amplia repercusión, como los casos de la orangutana Sandra y los chimpancés Cecilia y Coco, utilizados como ejemplos de resoluciones que avanzaron en el reconocimiento de derechos para seres sintientes.
Qué resolvió pedir el Ministerio Público Fiscal
Como parte de su presentación, la Fiscalía solicitó que René sea declarado formalmente sujeto de derecho no humano en su carácter de víctima dentro del proceso penal.
Además, pidió que su custodia definitiva quede en manos de una familia protectora, bajo supervisión de los organismos competentes, con el objetivo de garantizarle condiciones adecuadas de vida y evitar nuevos padecimientos.
Tras escuchar los planteos de ambas partes y los informes presentados durante la audiencia, el juez interviniente resolvió tomarse el plazo legal correspondiente para analizar el caso y emitir una resolución por escrito.
La decisión podría convertirse en un antecedente de relevancia para futuras causas vinculadas al maltrato animal en Chubut.

