En Esquel

Confirman una indemnización de $47 millones por un choque ocurrido en el centro de la ciudad

La Cámara de Apelaciones del Noroeste ratificó una condena de 47 millones de pesos a favor de la víctima de un accidente vial ocurrido en diciembre de 2020. El fallo establece que el conductor de una camioneta, el titular registral del vehículo y la compañía aseguradora deberán responder por el pago de la indemnización derivada de las consecuencias del siniestro.

La resolución judicial pone fin a un litigio que se extendió por más de cinco años y reafirma el criterio de responsabilidad solidaria entre los distintos involucrados.

Cómo ocurrió el accidente que originó la demanda

El hecho tuvo lugar el 14 de diciembre de 2020, alrededor de las 18 horas, en la intersección de la calle Chacabuco y la avenida Fontana.

Según la reconstrucción realizada por un perito mecánico, un Volkswagen Gol Trend fue impactado por una camioneta Ford F100 cuando atravesaba la intersección.

La pericia determinó que el automóvil había ingresado primero al cruce y ya había superado la mitad de la calzada cuando fue embestido en su lateral delantero izquierdo por la camioneta, que circulaba a una velocidad superior a los 36 kilómetros por hora.

Como consecuencia de la violencia del impacto, el auto giró 175 grados y terminó chocando contra un vehículo que se encontraba estacionado. En tanto, la camioneta recorrió más de 35 metros tras la colisión y finalizó sobre el boulevard.

El conductor del Volkswagen debió ser trasladado de urgencia al hospital local debido a las lesiones sufridas.

La Justicia atribuyó responsabilidad al conductor

Tanto el juez de primera instancia, Guillermo Gregorio, como los jueces de la Cámara de Apelaciones, Jorge L. Früchtenicht y Günther E. Flass, concluyeron que el conductor de la camioneta fue responsable del siniestro.

La sentencia señala que actuó con negligencia al no respetar la prioridad de paso de quien circulaba por la derecha, tal como establece el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, además de desplazarse a una velocidad superior a la determinada en la pericia.

Por esa razón, fue condenado a responder por la totalidad de la indemnización fijada por la Justicia.

El dueño de la camioneta y la aseguradora también deberán responder

El fallo también alcanzó al titular registral de la Ford F100. Los magistrados consideraron que, como propietario del vehículo, tiene responsabilidad objetiva por el riesgo creado por la utilización de la unidad.

Durante el proceso intentó desligarse de la obligación argumentando una denuncia de venta. Sin embargo, la Justicia rechazó ese planteo porque el trámite fue realizado recién en 2023, varios años después del accidente.

En consecuencia, también deberá responder por el total de la condena.

A su vez, la aseguradora Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. fue citada en garantía y deberá afrontar las obligaciones correspondientes dentro de los límites de la cobertura contratada.

La empresa había apelado la decisión, pero desistió de esa presentación en agosto de 2025, por lo que la condena quedó firme.

Qué implica la responsabilidad solidaria

La sentencia ratificada por la Cámara establece una obligación solidaria y concurrente entre los responsables.

Esto significa que la víctima tiene derecho a reclamar el pago completo de la indemnización a cualquiera de los condenados, ya sea al conductor, al titular registral del vehículo o a la compañía aseguradora, sin necesidad de dividir el reclamo entre ellos.

De esta manera, la Justicia confirmó una indemnización de 47 millones de pesos para resarcir los daños ocasionados por el accidente vial ocurrido en el centro de la ciudad.

Fuente: Diario Jornada

Related posts

Incendio en el Parque Los Alerces: ya son 200 las hectáreas afectadas y el clima complica el combate

Maria Sol Cardenas

Suspendieron la Expo Rural Ovina de Esquel por los incendios forestales

Raquel Baldero

El Club Don Bosco de Esquel lanzó una campaña solidaria para ayudar a “Ringo”

Maria Sol Cardenas